El día 03 de diciembre de 2025, fue anunciado por el Secretario del Trabajo Marath Bolaños López el Proyecto de Iniciativa de Reforma para la Implementación de la Semana Laboral de 40 horas, de la cual, destacan los siguientes anuncios:
- Se establecerá la jornada de 40 horas a nivel constitucional, sin reducción de sueldos ni prestaciones para los trabajadores.
- La suma de la jornada ordinaria y extraordinaria en ningún caso podrá ser mayor a doce horas diarias.
- Las primeras 12 horas de trabajo extraordinario se pagarán en un cien por ciento adicional, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias en un máximo de cuatro días en ese periodo.
- Las horas extraordinarias subsecuentes se pagarán en un doscientos por ciento adicional y no podrán ser mayores a cuatro horas a la semana.
- Se prohibirán las horas extras para los menores de edad.
- Se adiciona como obligación para las Empresas de contar con registro electrónico de la jornada laboral, de conformidad con las disposiciones que emita la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
- Se define la jornada de trabajo como el periodo durante el cual la persona trabajadora desarrolla actividades subordinadas en favor de la persona empleadora.
- Se define al Patrón como aquella persona que contrata a una o más personas trabajadoras para que desarrollen labores de manera subordinada a cambio de una remuneración.
- La reducción será gradual, de dos horas por año, efectiva a partir del 1° de enero de cada año, hasta llegar a 40 en 2030, de conformidad con el siguiente cuadro:
Año | Jornada Laboral |
2026 | Entrada en Vigor y periodo de transición |
2027 | 46 |
2028 | 44 |
2029 | 42 |
2030 | 40 |
Al respecto, se tiene previsto que la iniciativa sea presentada próximamente para la discusión y aprobación del Congreso de la Unión, con la finalidad de que entre en vigor la reforma a partir del 1° de mayo de 2026, haciéndose efectiva la primera reducción de 2 horas a la jornada laboral el día 1° de enero de 2027.
Cabe resaltar que las disposiciones referidas en la presente, de momento solamente forman parte del proyecto de iniciativa de Reforma, por lo que cualquiera de estas disposiciones aún puede ser sujeta a modificaciones posteriores en el proceso de discusión legislativa.
Quedamos a su disposición para brindar asesoría y acompañamiento en la correcta implementación de estas disposiciones, reiterando nuestro compromiso como sus atentos amigos y seguros servidores.